La sucesión presidencial, edición 2018

Fuente: ADN Político

Estamos a escasos horas de una nueva sucesión presidencial; una que fue esperada por mucho tiempo y por muchas personas. López Obrador será el próximo presidente constitucional de México, lo cual —en teoría— representa —o al menos hasta hace algún tiempo lo hacía— nuevos bríos para un país falto de condiciones mínimas que garanticen un bienestar uniforme entre la población.

Esta semana la iniciamos con la noticia de que en los últimos tres meses, la aprobación por parte de la población hacia el presidente electo cayó nueve puntos porcentuales, según la encuesta de El Universal sobre aprobación de AMLO como presidente electo. Pasó de 64 a 55% de aprobación, lo cual indica que aún la mayoría de la población aprueba su labor previa a la toma de protesta, sin embargo no hay que minimizar esa caída. Otros rubros en los que disminuyó la buena percepción de las personas hacia López Obrador fueron el nivel esperado de cumplimiento de promesas de campaña (64 a 49%); también decreció el número de personas que piensan que el país estará mejor (70 a 60%), al contrario del aumento de las personas que creen que estará peor, el cual se duplicó (6.5 a 12%).

Por otra parte, siempre ha de haber críticas hacia los gobiernos entrantes, pero en esta ocasión quiero señalar tres en particular, las cuales considero de lo más sensibles. Es importante tenerlas presentes rumbo hacia el sábado que será la Toma de Protesta.

En primer lugar está el tema de la Guardia Nacional, el cual marcó un cambio radical en el discurso de AMLO, con todo y el fallo inapelable de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la inconstitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior. La Suprema Corte señaló la gravedad de otorgar atribuciones de seguridad pública a los militares, quienes no están capacitados para ello, sin embargo AMLO salió a decir que se promovería una reforma constitucional para que la figura de la Guardia Nacional dirigida por mando militares pudiera existir. La famosa frase “abrazos, no balazos” queda como mera anécdota electoral.

El segundo tema son las consultas populares a modo, las cuales tienen tremendos sesgos tanto de organización, implementación y de discurso, ya que, primero, no respeta su realización según la Ley Federal de Consulta Popular; segundo, las consultas son sobre decisiones tomadas con antelación; y tercero, difícilmente se votaría negativamente en la forma como se plantean los proyectos.

Y el tercer tema es el centralismo que quiere ejercer desde el Ejecutivo Nacional, irrespetando la autonomía de los estados en determinadas materias de los ámbitos locales, lo cual se perfila como una violación al Federalismo en el que se constituye el país, además de mostrar un total desconocimiento sobre las diferencias entre la vastedad del territorio nacional. Pistas de ello están la designación de los superdelegados, de los cuales las críticas las encabezan el gobernador electo de Jalisco, Enrique Alfaro, y el gobernador de Chihuahua, Javier Corral, quienes pertenecen a fuerzas políticas diferentes entre sí, por si hubiera duda de que es un tema partidista. O también la declaración del Senador de Morena, Félix Salgado Macedonio, que si en algún estado hubiera resistencias a las determinaciones morenistas, el Senado desaparecería los poderes locales.

Rumbo al Primero de Diciembre estas cuestiones son particularmente necesarias para la discusión, al ser temas de seguridad, de instituciones que sostienen la endeble democracia del país, y de cómo se perfilan las posibilidades ciudadanas rumbo al próximo sexenio.   

Texto de Jesús Alejandro Tello – jesustello@delibera.org

Brechas de la consulta

Fuente: Airgways

La consulta popular que organizó el partido político Morena, respecto a las opciones de 1) continuar la construcción del Nuevo Aeropuerto de la Ciudad de México en Texcoco, o 2) del habilitamiento de un sistema aeroportuario que abarque el actual Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, la base militar Santa Lucía y el Aeropuerto Internacional de Toluca, reavivó el tema de la aplicación de las consultas públicas en nuestros país, aunque de manera controversial.

Por el lado positivo de lo que se vivió en varias ciudades del país —porque no se puede considerar que haya sido en todo en la totalidad del territorio mexicano— tenemos que la consulta popular significa la participación de la ciudadanía en el debate sobre algún tema de relevancia social, y con ello el fortalecimiento de la democracia desde el punto de vista en que en una democracia cada voto cuenta y cada ciudadano tiene voz y voto. Es decir, la posibilidad de que la ciudadanía exprese y decida el destino del mismo país, con lo cual se voltea hacia la participación que por lo general está reducida a acudir a la urna en las elecciones de nuestros representantes.

Sin embargo, considero que hay más aspectos negativos —o poco favorables por decir lo menos— sobre el ejercicio desarrollado hace poco más de una semana entre el 25 y el 28 de octubre, ya que actualmente existe una regulación de esta figura participativa, la Ley Federal de Consulta Popular (LFCP), la cual se publicó el 14 de marzo de 2014. Si recurrimos a ella para valorar el desarrollo de la consulta pública del NAIM organizada por Morena, se observan algunos aspectos que la privan de ser un ejercicio realmente democrático.

Fuente: Animal Político

Entre estos aspectos está que una consulta popular debe ser convocada por el Congreso de la Unión a petición de: 1) el Presidente de la República; 2) el equivalente al 33% de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión; o 3) la ciudadanía, en un número equivalente —al menos— al 2% de los inscritos en la lista nominal de electores. Además, la petición tiene que ser aprobada por la mayoría de cada cámara del Congreso de la Unión, y debe ser organizada por la autoridad electoral —el INE en este caso—. Para la Consulta para el NAIM, no se cumple condición alguna de las mencionadas, ya que la convocatoria y organización fue por parte del presidente electo y el partido al que pertenece.

Así también, la cualidad vinculante de la consulta popular —según la LFCP— se alcanza cuando se tiene una participación de al menos el 40% de la lista nominal del INE, que actualmente equivale a aproximadamente 35 millones 800 mil votos. Respecto a la consulta del NAIM, el presidente electo utilizó el voto de los mexicanos como un pretexto para decidir —por decreto de él mismo— lo que se hará en materia aeroportuaria, ya que el número de votos que se ejercieron fueron un millón 57 mil 859, lo que corresponde aproximadamente a un 1.2 % de la lista nominal del INE [1]. Es decir, no debería de tener poder vinculante debido a que carece de representatividad alguna, si se habla de materializar «la decisión» de todos los mexicanos, porque además las casillas se ubicaron en zonas correspondientes a distritos ganados por Morena durante la elección pasada.

Fuente: El Economista

Con todo lo que menciono no quiero que se me malinterprete: celebro la realización de ejercicios que involucren a la ciudadanía en temas que suelen ser decididos a discrecionalidad y siguiendo intereses que corresponden solo a las elites y no al grueso de la población. Sin embargo, el hecho de que el propio presidente electo no haya tomado en cuenta los aspectos legales que obviamente no son menores a la hora de realizar estos ejercicios, me deja la impresión de que la consulta fue solo un pretexto para legitimar a la fuerza una decisión que ya estaba tomada, y que las mismas instituciones son hechas menos por quien ocupará el cargo político de mayor renombre durante los próximos seis años. Me da pesar que un mecanismo de democracia participativa siga siendo —como ya se ha señalado por varias personas [2] [3] [4]— una forma de legitimar agendas partidistas en coyunturas de gran calado.


1. Al 19 de octubre de 2018, la lista nominal está integrada por 89,698,994 registros.

2. «Consulta Popular en México»

3. «La impopularidad de la consulta popular»

4. «La consulta popular en México, su apliación y algunos modelos latinoamericanos»


Texto de Jesús Alejandro Tello – jesustello@delibera.org

Prestaciones para la población en reclusión, un tema polémico sobre una población vulnerable

Durante la primera semana del mes de octubre del año en curso, el diputado local por el Partido del Trabajo en el Estado de San Luis Potosí, Pedro Carrizales Becerra (conocido popularmente como «El Mijis») anunció, en sus redes sociales y en diversas entrevistas, que diseñaría e impulsaría una propuesta de ley encaminada a garantizar prestaciones de ley para cierto segmento de la población en reclusión. Dichas prestaciones consistirían fundamentalmente en el acceso a los servicios de salud proporcionados por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y acceso a la vivienda por medio del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT).

Fuente: Domingo7 

Al darse a conocer este anuncio (pues hasta ahora no existe una propuesta concreta) cientos de personas en las redes sociales se pronunciaron al respecto con comentarios polarizados. Una parte de los comentarios apoyaba y aplaudía dicho anuncio mientras que otro lo reprobaba enérgicamente. Los argumentos para reprobar lo dicho por Carrizales Becerra corrían fundamentalmente sobre la premisa de que una persona en reclusión no es sujeto de derecho pues ha infringido la ley: “no merecen prestaciones” parecía ser el estandarte de este grupo de comentaristas en redes.

Como podemos observar, en esta discusión se entreverán argumentos legales, de derechos humanos y ciudadanos; y argumentos morales que tiene que ver con lo que las personas asumen como bueno o malo, pero vayamos a lo concreto: ¿qué propone “El Mijis» y que implicaciones legales tiene?

La propuesta

En reiteradas ocasiones, el diputado en cuestión ha aclarado que la propuesta consiste en otorgar seguridad social a la población en reclusión, excluyendo de estos beneficios ha aquellos que fueron condenados por delitos de alto impacto (homicidio, feminicidio, secuestro, entre otros). Por otro lado, dichas prestaciones serán solamente posibles para aquellos internos que cuentan con un trabajo dentro de su prisión, vinculado a proyectos de reinserción social.

Dichas prestaciones, por ley, serían extensivas a la familia del recluso beneficiando a cónyuges e hijos que en muchas ocasiones tenían como único sostén económico y de seguridad social al que ahora se encuentra vinculado a un proceso penal.

Por otro lado, el hecho de cotizar para estas instituciones también abre la puerta para el resarcimiento del daño, pues según lo referido por el diputado, se pueden buscar mecanismos para que esta retención económica sirva para abonar y pagar las consecuencias materiales del delito por el cual fue sentenciado (lesiones, daños a las cosas, etc.).

Fuente: Expok

Esto clarifica que la propuesta no es extensiva sino focalizada: a reclusos por delitos menores y con trabajo dentro de prisión (provisionalmente). Finalmente, el objetivo expreso de esta iniciativa sería incrementar las posibilidades de inserción laboral una vez cumplida la condena, resarcimiento del daño; así como evitar o contener las posibilidades de pauperización de la familia del recluso.

La legislación vigente

Sin embargo, una investigación pormenorizada revela que la Ley Nacional de Ejecución Penal, vigente desde su publicación en el Diario Oficial de la Federación del 16 de junio de 2016, contempla en el artículo 92, numeral V, que el trabajo realizado en las prisiones “preverá el acceso a la seguridad social por parte de las personas privadas de la libertad conforme a la modalidad en la que participen, con apego a las disposiciones legales aplicables en la materia”; y el numeral VI indica que “se crearán mecanismos de participación del sector privado para la generación de trabajo que permita lograr los fines de la reinserción social y otorgar oportunidades de empleo a las personas privadas de la libertad”.

En ese sentido se podría argüir que esta propuesta no implica una novedad jurídica, sino que desde 2016 la legislación federal ya lo contempla y por ende las instituciones estatales y municipales de ejecución penal están obligadas, por jerarquía institucional, a acatarlo y obedecerlo.

De manera más amplia, el famoso artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos contempla que “toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil” —sin excluir a la población penitenciaria— y su numeral XI sienta las bases de la seguridad social para dichos trabajadores —no excluyendo al trabajo dentro de los centros de reclusión—. Estas consideraciones alejan a la reforma de una discusión moral hacia una jurídica; de ampliar los derechos de ciertas poblaciones en riesgo y no de observar si son “merecedores” de los mismos.

Sin embargo hay una cuestión no resuelta: ¿este mandato se cumple? Por el momento no se cuentan con datos públicos que muestren claramente el cumplimiento de estas disposiciones. Se sabe, gracias a documentos como las Estadísticas sobre el sistema Penitenciario Estatal en México que existen convenios vigentes con instituciones privadas para la generación de puestos de empleo dentro de las cárceles; sin embargo no sabemos mucho más.

Los retos

Justamente la falta de información es uno de los grandes retos para propuestas de ley, pues hace preguntarnos: ¿cuánto empleo existe, realmente, dentro de las prisiones?, ¿qué porcentaje es esté respecto a la población penitenciaria total?, ¿existen capacidades institucionales y capacidades instaladas para que estos proyectos se puedan llevar a cabo?, ¿conocemos las condiciones laborales de los empleos existentes?, ¿conocemos los términos de los convenios firmados por la empresas privadas con los centros de reclusión? Es muy probable que no haya respuestas concretas para varias de las preguntas antes planteadas, sin embargo, son algunas a las que se deberá enfrentar la propuesta de «El Mijis»

Fuente: Expansión
En perspectiva

Creemos que el anuncio de esta propuesta tiene varios logros, el primero de ellos es que ha logrado visibilizar una problemática que es usualmente soterrada, con una población abandonada, aunque crucial para entender y atacar los gigantescos problemas de violencia y delincuencia en México. Por otro lado, poner este tema en la agenda puede significar un esfuerzo importante para sensibilizar a la sociedad sobre el tema y ayudar a comprender que no se trata de un sector “infrahumano” sino de sujetos con derechos.

Finalmente, dicha propuesta también podría ayudar a mejorar las condiciones materiales y sociales de una población sumamente vulnerable.


Texto de Emmanuel Rojas Botello – emmanuelrojas@delibera.org