Prestaciones para la población en reclusión, un tema polémico sobre una población vulnerable

Durante la primera semana del mes de octubre del año en curso, el diputado local por el Partido del Trabajo en el Estado de San Luis Potosí, Pedro Carrizales Becerra (conocido popularmente como «El Mijis») anunció, en sus redes sociales y en diversas entrevistas, que diseñaría e impulsaría una propuesta de ley encaminada a garantizar prestaciones de ley para cierto segmento de la población en reclusión. Dichas prestaciones consistirían fundamentalmente en el acceso a los servicios de salud proporcionados por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y acceso a la vivienda por medio del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT).

Fuente: Domingo7 

Al darse a conocer este anuncio (pues hasta ahora no existe una propuesta concreta) cientos de personas en las redes sociales se pronunciaron al respecto con comentarios polarizados. Una parte de los comentarios apoyaba y aplaudía dicho anuncio mientras que otro lo reprobaba enérgicamente. Los argumentos para reprobar lo dicho por Carrizales Becerra corrían fundamentalmente sobre la premisa de que una persona en reclusión no es sujeto de derecho pues ha infringido la ley: “no merecen prestaciones” parecía ser el estandarte de este grupo de comentaristas en redes.

Como podemos observar, en esta discusión se entreverán argumentos legales, de derechos humanos y ciudadanos; y argumentos morales que tiene que ver con lo que las personas asumen como bueno o malo, pero vayamos a lo concreto: ¿qué propone “El Mijis» y que implicaciones legales tiene?

La propuesta

En reiteradas ocasiones, el diputado en cuestión ha aclarado que la propuesta consiste en otorgar seguridad social a la población en reclusión, excluyendo de estos beneficios ha aquellos que fueron condenados por delitos de alto impacto (homicidio, feminicidio, secuestro, entre otros). Por otro lado, dichas prestaciones serán solamente posibles para aquellos internos que cuentan con un trabajo dentro de su prisión, vinculado a proyectos de reinserción social.

Dichas prestaciones, por ley, serían extensivas a la familia del recluso beneficiando a cónyuges e hijos que en muchas ocasiones tenían como único sostén económico y de seguridad social al que ahora se encuentra vinculado a un proceso penal.

Por otro lado, el hecho de cotizar para estas instituciones también abre la puerta para el resarcimiento del daño, pues según lo referido por el diputado, se pueden buscar mecanismos para que esta retención económica sirva para abonar y pagar las consecuencias materiales del delito por el cual fue sentenciado (lesiones, daños a las cosas, etc.).

Fuente: Expok

Esto clarifica que la propuesta no es extensiva sino focalizada: a reclusos por delitos menores y con trabajo dentro de prisión (provisionalmente). Finalmente, el objetivo expreso de esta iniciativa sería incrementar las posibilidades de inserción laboral una vez cumplida la condena, resarcimiento del daño; así como evitar o contener las posibilidades de pauperización de la familia del recluso.

La legislación vigente

Sin embargo, una investigación pormenorizada revela que la Ley Nacional de Ejecución Penal, vigente desde su publicación en el Diario Oficial de la Federación del 16 de junio de 2016, contempla en el artículo 92, numeral V, que el trabajo realizado en las prisiones “preverá el acceso a la seguridad social por parte de las personas privadas de la libertad conforme a la modalidad en la que participen, con apego a las disposiciones legales aplicables en la materia”; y el numeral VI indica que “se crearán mecanismos de participación del sector privado para la generación de trabajo que permita lograr los fines de la reinserción social y otorgar oportunidades de empleo a las personas privadas de la libertad”.

En ese sentido se podría argüir que esta propuesta no implica una novedad jurídica, sino que desde 2016 la legislación federal ya lo contempla y por ende las instituciones estatales y municipales de ejecución penal están obligadas, por jerarquía institucional, a acatarlo y obedecerlo.

De manera más amplia, el famoso artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos contempla que “toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil” —sin excluir a la población penitenciaria— y su numeral XI sienta las bases de la seguridad social para dichos trabajadores —no excluyendo al trabajo dentro de los centros de reclusión—. Estas consideraciones alejan a la reforma de una discusión moral hacia una jurídica; de ampliar los derechos de ciertas poblaciones en riesgo y no de observar si son “merecedores” de los mismos.

Sin embargo hay una cuestión no resuelta: ¿este mandato se cumple? Por el momento no se cuentan con datos públicos que muestren claramente el cumplimiento de estas disposiciones. Se sabe, gracias a documentos como las Estadísticas sobre el sistema Penitenciario Estatal en México que existen convenios vigentes con instituciones privadas para la generación de puestos de empleo dentro de las cárceles; sin embargo no sabemos mucho más.

Los retos

Justamente la falta de información es uno de los grandes retos para propuestas de ley, pues hace preguntarnos: ¿cuánto empleo existe, realmente, dentro de las prisiones?, ¿qué porcentaje es esté respecto a la población penitenciaria total?, ¿existen capacidades institucionales y capacidades instaladas para que estos proyectos se puedan llevar a cabo?, ¿conocemos las condiciones laborales de los empleos existentes?, ¿conocemos los términos de los convenios firmados por la empresas privadas con los centros de reclusión? Es muy probable que no haya respuestas concretas para varias de las preguntas antes planteadas, sin embargo, son algunas a las que se deberá enfrentar la propuesta de «El Mijis»

Fuente: Expansión
En perspectiva

Creemos que el anuncio de esta propuesta tiene varios logros, el primero de ellos es que ha logrado visibilizar una problemática que es usualmente soterrada, con una población abandonada, aunque crucial para entender y atacar los gigantescos problemas de violencia y delincuencia en México. Por otro lado, poner este tema en la agenda puede significar un esfuerzo importante para sensibilizar a la sociedad sobre el tema y ayudar a comprender que no se trata de un sector “infrahumano” sino de sujetos con derechos.

Finalmente, dicha propuesta también podría ayudar a mejorar las condiciones materiales y sociales de una población sumamente vulnerable.


Texto de Emmanuel Rojas Botello – emmanuelrojas@delibera.org